Conozca las candidaturas inscritas a la alcaldía por el cantón de Palmares

Elecciones municipales 2024

Las personas electas en las próximas votaciones ocuparán sus cargos del 1° de mayo del 2024 al 30 de abril del 2028

Karen Rojas | redaccion@elsoldeoccidente.com

PALMARES | De cara a las votaciones para alcaldías que se llevarán a cabo el próximo 4 de febrero, este medio se dio a la tarea de investigar cuáles fueron los partidos que realizaron la solicitud de candidaturas para la alcaldía por el cantón de Palmares, en el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).

El pasado viernes 20 de octubre venció el plazo para presentar solicitudes de inscripción y según se informó la lista oficial de dichas inscripciones se publicará hasta el viernes 27 de octubre. Para esta última fecha aparecen en la lista las solicitudes de candidaturas de los partidos Palmares Primero, Unidos Podemos y Liberación Nacional, según la información compartida en la página oficial del TSE.

En las nóminas de alcaldes inscritos que se ven reflejados hasta el momento, según las resoluciones del TSE, se encuentran el Partido Unidos Podemos (UP) con Bernal Vargas Araya; alcalde, Karla Jiménez Rodríguez; vicealcalde primero, y Juan Manuel Céspedes Sagot; vicealcalde segundo. Asimismo, para el Partido Palmares Primero (PPP) se postulan José Andrés Vargas Rodríguez; alcalde, Verónica Melissa Quesada Vargas; vicealcalde primero, y Luis Fernando Moya Chavarría; vicealcalde segundo.

Por su parte, en las nóminas para alcaldes del Partido Liberación Nacional (PLN) figuran Katherine Mayela Ramírez González; alcalde, Marcelo Morera Vásquez; vicealcalde primero, y Rufino Quesada Ramírez; vicealcalde segundo. Para el cierre de esta edición de El Sol de Occidente estos fueron los partidos a los que el tribunal les había resuelto las candidaturas.

Cabe rescatar que en la página oficial del TSE también están disponibles para consultar algunas de las resoluciones para las candidaturas a regidurías, sindicaturas, concejalías de distrito, intendencias, viceintendencias y concejalías municipales de distrito, de los distintos partidos inscritos.

Según el TSE los partidos políticos que tuvieron la posibilidad de inscribir candidaturas por el cantón de Palmares fueron Acción Ciudadana (PAC), Agenda Democrática Nacional (PADN), Alianza Costa Rica Primero (MSDC), Aquí Costa Rica Manda (PFN), Frente Amplio (FA), Integración Nacional (PIN), Justicia Social Costarricense (PJSC), Liberal Progresista (PLP), Nuestro Pueblo (PNP), Nueva Generación (PNG), Nueva República (PNR), Progreso Social Democrático (PSD), Pueblo Soberano (PPSO), Republicano Social Cristiano (PRSC), Unidad Social Cristiana (PUSC), y Somos (PPS). Además de los mencionados anteriormente los cuales ya se ven reflejados en el TSE.

El Tribunal Supremo de Elecciones se encuentra en este momento analizando las solicitudes de los diferentes partidos y dando respuestas si se aceptan o se deniegan las inscripciones de las candidaturas de acuerdo con todos los requisitos del ordenamiento jurídico en materia electoral.

El TSE tendrá tiempo de colgar las resoluciones oficiales de las candidaturas hasta el mes de noviembre.

“No hay fecha exacta como un plazo en la línea de tiempo para presentar las resoluciones oficiales, no obstante, conforme se van dictando resoluciones, estas ya se vuelven resoluciones públicas. A ellas se puede acceder en nuestra página web en el apartado de elecciones”, expresó Gerardo Abarca Guzmán, secretario general de la Dirección de Registro Electoral del Tribunal Supremo de Elecciones.

El TSE desde hace algunos días ha venido publicando resoluciones oficiales de solicitudes que se han procesado.

Previo a abrirse un plazo de convocatoria a elecciones para formalizar la solicitud de inscripción de candidaturas las agrupaciones políticas tuvieron que haber realizado actividades y asambleas partidarias en donde con la participación de todos los militantes deciden quien va a ser el candidato. El plazo se abre desde el día de la convocatoria hasta el 20 de octubre.

“Nuestro sistema electoral está diseñado de tal manera que meses antes de la elección cada uno de nosotros como ciudadanos vamos a saber quiénes pueden votar porque el padrón se cerró, y a favor de quién podemos votar porque después del 20 de octubre ya nadie puede poner a un ciudadano como candidato”, explicó Abarca

Según se informó existen más de 150 partidos políticos a escala nacional, provincial y cantonal. Para poder participar en las elecciones los partidos deben de inscribirse en un registro público, que es el registro electoral y cumplir con una serie de condiciones.

Condiciones principales que se revisan en una elección municipal y que podrían acarrear el rechazo de candidaturas

“Una vez que el partido se inscribe debe cumplir con una serie de condiciones desde el punto de vista financiero, establecer mecanismos de control y demás, en cuanto al ejercicio de la función administrativa también debe cumplir con el recambio de sus autoridades internas”, indicó el secretario general del registro electoral.

Un requisito fundamental para que los partidos inscritos puedan participar en el proceso electoral es que periódicamente realicen cambios de sus autoridades.

“Para solicitar participar en una elección a partir de la inscripción de candidaturas los partidos deben de cumplir con ciertos requisitos, el fundamental es haber hecho la renovación de sus estructuras, las estructuras internas de los partidos tienen una vigencia de 4 años”, informó Abarca.

Por su parte, la ley indica que para que se inscriba un partido nuevo para participar en un proceso electoral debe haber hecho la solicitud de inscripción 1 año antes.

“La normativa electoral establece una serie de condiciones para que el partido funcione como medio para que una persona pueda proponer su nombre y se inscriba como candidato a un puesto de elección popular”, indicó el funcionario del TSE.

Una de las condiciones fundamentales es el registro electoral la normativa exige que para los puestos de elección popular la persona candidata debe estar inscrita en la circunscripción en la cual propone su nombre como candidato y residir efectivamente en ese lugar por más de 2 años.

Además, se explicó que, en esta elección hay algunos cambios en paridad que obligan a hacer una revisión mayor de todas las condiciones que los partidos deben cumplir.

“Cuando hablo de paridad es que los partidos deben establecer en las listas que proponen o en los formularios de candidaturas que existen, que se cumple con el mandamiento legal de que los puestos deben de ser paritarios, debe haber igualdad de participación tanto de hombres como de mujeres. Y hay paridad horizontal y vertical que es el gran cambio tanto en las listas como tal como entre las circunscripciones territoriales”, expresó Abarca.

Los ciudadanos costarricenses que residen en los 84 cantones del país podrán elegir a 6.212 autoridades municipales. Los puestos se dividen en alcaldías, vicealcaldías, regidurías, sindicaturas, concejalías de distrito, intendencias, viceintendencias y concejalías municipales de distrito.

Las personas que resulten electas el 4 de febrero del año entrante ocuparán sus cargos del 1° de mayo del 2024 al 30 de abril del 2028.

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