
Esta semana se aprobó un proyecto de ley que establece ese beneficio a pymes y trabajadores independientes.
Andrés Castro | acastro@elsoldeoccidente.com
SAN JOSÉ. Las ventas a crédito por concepto de un producto o servicio brindado, muy bien sabemos que son bastante comunes. Sin embargo, ante Tributación debe presentarse el respectivo impuesto (IVA) a más tardar el decimoquinto día de cada mes para evitar pago de intereses.
En segundo debate, diputadas y diputados aprobaron recientemente un proyecto de ley (EXPEDIENTE N.º 21.801) que permite a trabajadores independientes, prestadores de servicios profesionales, micro, pequeñas y medianas empresas o productores inscritos ante el MEIC o el MAG, pagar el impuesto respectivo a más tardar noventa (90) días posteriores a la emisión de la factura electrónica.
A dicha disposición se opuso el Ministerio de Hacienda, en palabras de su jerarca, Elián Villegas, quedó manifiesta la posición institucional: “Si bien el proceso de consolidación de las finanzas públicas ha mostrado grandes avances, como lo demuestran los resultados de las cifras fiscales de 2021, el país aún está en una posición vulnerable, producto de los niveles del endeudamiento público y el efecto adverso de la pandemia, por lo que, cualquier acción desde el ámbito legislativo que comprometa negativamente los procesos y productos de la consolidación fiscal, tendrá repercusiones.
Sobre las metas del acuerdo con el FMI y sobre la credibilidad del país ante los inversores y acreedores, respecto a la responsabilidad y seriedad de los tomadores de decisión y su compromiso en el saneamiento y sostenibilidad de las finanzas públicas. Por las graves consecuencias que su aprobación implicaría, respetuosa pero vehementemente, solicito a los diputados y las diputadas que este expediente legislativo sea rechazado”.
Para Hacienda, la situación generará una serie de inconvenientes y perjuicios, tanto para los contribuyentes como para el fisco, pues se crearán diferencias al momento en que se liquida y se paga el IVA por ventas de los bienes o la prestación de servicios, al contado o al crédito.
El proyecto de ley 21.801, fue presentado por las diputadas Catalina Montero Gómez, Sylvia Patricia Villegas Álvarez, María Vita Monge Granados, Marolin Azofeifa Trejos, y el diputado Jorge Luis Fonseca Fonseca.
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