
Estoy segura que cuando hablo de interinazgo en Costa Rica, miles de personas que representan la clase trabajadora se sienten identificadas ya que en nuestro país, existe un alto índice de interinos (as) con periodos prolongados de vivir esta situación laboral, la que les genera una inseguridad, incertidumbre y temor permanente al desempleo.
Ese temor ante la precariedad laboral y el no poder tener las condiciones económicas que les permita atender sus necesidades básicas y sentidas, ha propiciado que se sientan condicionadas a sufrir y permitir una serie de abusos de poder en sus lugares de trabajo, entre ellos el llamado Hostigamiento Laboral también conocido como “Mobbing”.
En mi experiencia profesional, como Trabajadora Social, funcionaria del sector público, terapeuta , investigadora y docente de la Universidad de Costa Rica, he indagado sobre este importante tema, el cuál deseo compartir con cada uno (a) de ustedes en las distintas ediciones del periódico.
Mi objetivo primordial es realizar una reflexión socio crítica que les permita informarse, atender y prevenir situaciones que les violenten sus derechos laborales e integridad humana en su lugar de trabajo.
Para esto, voy a iniciar definiendo el concepto de interinazgo laboral, el cual se refiere a una condición temporal, que no garantiza la contratación permanente y por ello la estabilidad del o la trabajadora. Resulta importante mencionar que existen dos tipos de interinazgo, uno referente al interino sustituto y el otro al nombrado en una plaza vacante.
El primero es aquel que sustituye al titular del puesto, ante una situación de enfermedad, maternidad, permisos u otro motivo. Mientras que el segundo, es aquel que se encuentra en un puesto vacante y que en un momento determinado se someterá a concurso para que se asigne en forma permanente.
Ahora bien, surge la interrogante que da origen a este artículo. ¿Cómo las condiciones de interinazgo propician el Hostigamiento Laboral?, la respuesta es muy simple, la jefatura u otros funcionarios pueden a llegar a establecer relaciones de poder abusivas con la persona interina, seguros de que esta preferirá quedarse callada, por temor a un eventual desempleo, pues en esta relación la facilidad de prescindir el contrato es una opción exclusiva de los hostigadores.
En este sentido el hostigador tiene más recursos, apoyo o poder que la persona hostigada, por ejemplo: cargo que ocupa, estabilidad laboral, popularidad, antigüedad laboral, condición económica, también pueden influir estereotipos en relación al género, orientación sexual, nacionalidad, etnia, entre otros.
Lo preocupante de esta situación es que el trabajador (a) llega a sufrir una serie de secuelas negativas tanto a nivel de salud física como emocional, que repercuten también en el ambiente laboral.
Por lo anterior en las próximas ediciones desarrollaré más ampliamente el concepto de hostigamiento, manifestaciones, formas de atención, prevención, así como la responsabilidad del estado en su intervención.