Tome nota de las medidas administrativas temporales para la atención de actividades de concentración masiva debido a la alerta sanitaria por COVID-19

10/03/2020 Redaccion El Sol 0

La suspensión se basará en la determinación de aquella actividad que favorezca el surgimiento de una cantidad muy elevada de cadenas de transmisión simultáneas o que se pueden dar en un corto periodo de tiempo, generadas de un mismo evento de concentración de personas y además promueva el desplazamiento desde diversas partes dentro y fuera del país.