
La diputada Gréthel Ávila presentó el proyecto 25.887 para modernizar los impuestos municipales en San Ramón.
La reforma ajusta tarifas, incluye a bancos, plataformas y grandes alquileres, flexibiliza plazos de declaración y endurece las sanciones por omisiones tributarias y publicidad ilegal.
Andrés Castro | acastro@elsoldeoccidente.com
SAN JOSÉ. Un nuevo proyecto de ley tramitado bajo el Expediente N.º 25.887 busca la reforma integral de la Ley N.º 7951, cuerpo normativo que ha regulado las patentes municipales en el cantón de San Ramón por más de veinte años.
La iniciativa, presentada por la diputada Gréthel Ávila Vargas (PPSO) e impulsada a solicitud del Concejo Municipal ramonense, responde a la necesidad de adaptar la fiscalidad local a la evolución tecnológica, el auge del comercio digital y la aparición de nuevos modelos de negocio.
Según la exposición de motivos del texto legislativo, la administración tributaria del cantón alajuelense enfrenta desequilibrios provocados por vacíos en la ley vigente, lo que ha permitido que sectores de alto flujo económico operan bajo esquemas desactualizados.
En este contexto, la propuesta de reforma se estructura en torno a cuatro ejes fundamentales:

Ajuste de tarifas y fijación de un piso mínimo de tributación
La iniciativa establece que la tarifa aplicable sobre los ingresos brutos se fijará en un 1,75 por mil (1,75 × 1000), manteniendo la tasa del 3 por mil (3 × 1000) sobre la renta líquida gravable. Estos recursos se destinarán a financiar obras comunitarias, infraestructura vial, aceras, gestión de residuos y áreas verdes.
Régimen Simplificado: Se fija un gravamen del 0,6% sobre las compras anuales.
Monto mínimo anual: Se instaura un pago piso para todas las patentes comerciales equivalente al 15% de un salario base (según la Ley N.º 7337). Ninguna actividad lucrativa cancelará una suma inferior a este umbral, sin importar si sus ingresos, renta o compras resulten en un cálculo menor.
Incorporación explícita de nuevos sujetos pasivos
La propuesta extiende de forma clara la condición de sujetos pasivos del impuesto a sectores clave de gran envergadura:
- Bancos e instituciones financieras (públicas y privadas).
- Entidades aseguradoras, mutuales y cooperativas.
- Empresas de telecomunicaciones y plataformas tecnológicas de intermediación.
- Arrendamiento masivo de inmuebles: La actividad de alquiler de propiedades quedará sujeta al pago de patente cuando los ingresos brutos anuales del arrendador (persona física, jurídica o grupo de interés económico) superen los 100 salarios base.
Flexibilización de plazos y control de ingresos fuera del cantón
Aunque se mantiene el 31 de diciembre como la fecha límite para la presentación de la declaración jurada municipal, el proyecto incorpora un margen de ajuste: si la Dirección General de Tributación concede prórrogas a nivel nacional, los contribuyentes dispondrán de 15 días hábiles adicionales tras dicho vencimiento para cumplir ante la Municipalidad.
En materia de fiscalización, la Dirección Financiera Administrativa local estará facultada para exigir el desglose detallado de los ingresos generados por el contribuyente en otros cantones en un plazo máximo de 10 días hábiles. Incurrir en omisión, entrega tardía o incompleta acarreará una multa equivalente al 25% del impuesto determinado el año anterior.
Endurecimiento de sanciones, depuración del padrón y control publicitario
La reforma contempla un régimen sancionatorio y regulatorio más estricto:
- Sanción por omisión de declaración: La multa inicial por no presentar la declaración jurada aumentará al 20% del impuesto anual previo. En caso de reincidencia o faltas reiteradas, el castigo será acumulativo, incrementándose en un 5% adicional por cada nuevo periodo omitido.
- Depuración de oficio: La Municipalidad podrá cancelar de oficio las patentes de negocios inactivos previa inspección de campo del Departamento de Licencias Comerciales. Esta acción no exime al contribuyente de pagar los saldos pendientes.
- Regulación de publicidad: Se autoriza el cobro de una tasa por rotulación en propiedad privada (con una multa del 50% de un salario base por carecer de permiso) y se faculta la remoción, decomiso y destrucción inmediata de publicidad no autorizada instalada en espacios públicos, sin responsabilidad civil para el ayuntamiento.
El proyecto de ley fue canalizado a la corriente legislativa a petición del Concejo Municipal de San Ramón, tras el acuerdo N.º 13 adoptado durante la sesión extraordinaria N.º 204 del 21 de agosto de 2026, y ahora iniciará su dictamen y discusión en las comisiones del Primer Poder de la República.
¿Qué dijo la diputada Gréthel Ávila Vargas (PPSO)?
“Ante una necesidad planteada por la Municipalidad de San Ramón y aprobada por el Concejo Municipal, he presentado un proyecto para que se pueda reformar la ley de impuestos en la Municipalidad de San Ramón, para que las patentes puedan ser cobradas de una manera más justa y equitativa, para que cada uno, de acuerdo a su comercio, pueda así pagar sus impuestos. Esto no va a traer nuevos impuestos, sino, una recaudación más justa”, manifestó en un video compartido en sus redes sociales.
*Para conocer el proyecto completo, ingrese al siguiente enlace:
https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx









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