Feriado del 1° de mayo: estas son las disposiciones legales para el disfrute del Día del Trabajador en Costa Rica

  • El feriado es de pago obligatorio y se celebra este jueves sin traslado de fecha

Anyelin Campos | acampos@elsoldeoccidente.com

Nacional. Este jueves 1° de mayo, Costa Rica conmemorará el Día del Trabajador, también conocido como el Día Internacional de los Trabajadores, una fecha que recuerda las luchas históricas por mejores condiciones laborales desde las manifestaciones obreras de 1886 en Estados Unidos.

En el país, el 1° de mayo está establecido como un feriado de pago obligatorio, según lo estipulado en el artículo 148 del Código de Trabajo. Esto implica que todas las personas trabajadoras tienen derecho a disfrutar del día libre, salvo excepciones contempladas en los artículos 150 y 151 del mismo código, que permiten convocar al personal en situaciones especiales.

“El Día del Trabajador es una fecha que invita a reflexionar sobre las luchas históricas de los trabajadores para conquistar sus derechos laborales y nos recuerda la necesidad de involucrarnos en los esfuerzos por continuar mejorando las condiciones de la fuerza laboral de nuestro país”, señaló Marco Durante, socio director de BDS Asesores.

A continuación, se detallan las principales disposiciones salariales aplicables durante este feriado:
• Empresas con pago semanal en actividad no comercial: deben cancelar los días laborados durante la semana y pagar, además, un salario sencillo por el feriado. Si el colaborador trabaja ese día, el pago debe ser doble.
• Empresas con pago mensual, quincenal o semanal en actividad comercial: el pago del feriado ya está incorporado en el salario habitual. Si el trabajador labora el 1° de mayo, deberá recibir un salario adicional equivalente a un día sencillo, para completar el pago doble.
• Horas extra trabajadas el 1° de mayo: deben pagarse a tiempo y medio doble, lo que equivale a un pago triple por cada hora extraordinaria laborada en esta fecha.

Cabe destacar que este año el feriado no será trasladado, por lo que su disfrute será efectivo el mismo jueves 1° de mayo.

Más allá de su significado legal, el Día del Trabajador representa una oportunidad para valorar los avances alcanzados en materia laboral y renovar el compromiso con la dignificación del trabajo en Costa Rica.

Sobre Anyelin Campos 2125 artículos
Periodista y Lic. en Comunicación con énfasis en Mercadeo, egresada de la Universidad Latina de Costa Rica, con más de 10 años de experiencia en el ejercicio del periodismo.Contacto: Móvil: (+506) 8979 3627 E-mail: acampos@elsoldeoccidente.com

Sé el primero en comentar

Dejar una contestacion

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.


*