
• Ministerio de Hacienda plantea recorte para el presupuesto 2026.
• El OIJ será el más afectado con una reducción de ₡9.536 millones.
COSTA RICA | La persecución penal, las acciones contra la delincuencia y los servicios dirigidos a poblaciones en condición de vulnerabilidad se verían afectados por la rebaja de ₡23.722 millones al presupuesto del Poder Judicial para 2026 que realizará el Ministerio de Hacienda.
Esa cartera comunicó al Poder Judicial el recorte mediante un presupuesto extraordinario que deberá ser conocido por la Asamblea Legislativa.
La medida fue comunicada una semana después de que Hacienda informara al Poder Judicial que liberaría ₡3.053 millones correspondientes a las cuotas del III y IV trimestre de 2026, recursos que inicialmente pretendía retener.
Esta decisión se produjo luego de que el magistrado presidente de la Corte Suprema de Justicia, Orlando Aguirre Gómez, presentara un recurso de revocatoria contra la retención de esos recursos.
Es importante aclarar que los ₡23.722 millones que ahora Hacienda dice que rebajará son adicionales a los ₡3.053 millones cuya liberación fue anunciada recientemente.

Mayor impacto en el OIJ
El Organismo de Investigación Judicial (OIJ) concentra la mayor reducción con ₡9.536,3 millones.
El recorte se plantea en un momento en que la institución mantiene investigaciones y operativos contra estructuras de delincuencia organizada y se han realizado detenciones de líderes criminales.
También se verían afectados recursos destinados a los juzgados y tribunales, servicios de la Defensa Pública, que brinda asistencia en temas como pensiones alimentarias y discriminación laboral a personas de bajos recursos, y el programa de atención de víctimas y testigos.

El rebajo contempla reducir recursos de partidas que forman parte del presupuesto aprobado y que están vinculadas con la operación institucional para lo que resta de 2026.

Estudio técnico advierte diferencias con la ejecución real
El Ministerio de Hacienda plantea el recorte a partir de una estimación estadística elaborada con información disponible al 30 de junio de 2026 y con base en patrones históricos de ejecución presupuestaria.
Esta metodología permite proyectar cuánto podría ejecutarse al cierre del año, pero no determina cuánto dinero está efectivamente disponible para ser recortado.
Desde el 30 de junio, el Poder Judicial ha continuado con procesos de contratación, adjudicaciones, adquisición de bienes y servicios, así como con otros compromisos y pagos correspondientes al segundo semestre.
Un estudio técnico elaborado por el Poder Judicial determinó que 56 de las 85 subpartidas seleccionadas por Hacienda presentan un disponible inferior al monto que se pretende rebajar.
Esto significa que, al revisar las partidas de manera individual, en esos casos los recursos que Hacienda considera susceptibles de recorte no se encuentran realmente disponibles en la magnitud proyectada.
Ante esta situación, el Poder Judicial evaluará las acciones legales que correspondan. El tema será conocido con prioridad por la Corte Plena en su sesión del lunes 24 de agosto.
Aclaraciones importantes
- Los ₡13.242 millones cedidos por el Poder Judicial son un monto diferente
El 29 de junio, la Corte Plena acordó ceder ₡13.242,08 millones del presupuesto en ejecución de 2026, en atención a la solicitud planteada por el Ministerio de Hacienda y como parte de los esfuerzos institucionales para contribuir a la sostenibilidad fiscal del país.
Este monto no está incluido en los ₡23.722 millones que Hacienda pretende rebajar mediante presupuesto extraordinario. Se trata de una reducción adicional. - Situación del fideicomiso de infraestructura ($82 millones)
El fideicomiso para la construcción de infraestructura judicial no es de $700 millones ni de $600 millones. Su monto es de $82 millones, y no tiene relación con el presupuesto del Poder Judicial.
Estos recursos están destinados a proyectos de infraestructura judicial para atender el déficit de edificios y espacios adecuados para la prestación de los servicios. Además, las obras buscan reducir progresivamente el gasto por alquileres y generar ahorros para el Estado. - Los depósitos judiciales no son recursos del Poder Judicial
Los recursos que el Poder Judicial custodia mediante depósitos judiciales no pertenecen a la institución ni forman parte de un fideicomiso.
Se trata de dinero de las personas usuarias, vinculado a procesos judiciales en los que una autoridad ha ordenado un embargo, una retención u otra medida. También incluye los recursos correspondientes a pensiones alimentarias que deposita la parte obligada y que posteriormente son girados a la persona beneficiaria.
El Poder Judicial no puede utilizar estos recursos para financiar su funcionamiento ni destinarlos a otros fines.
- Sobre el 6% establecido en la Constitución
La Constitución Política establece que al Poder Judicial debe asignársele una suma no menor al 6% de los ingresos ordinarios del Estado.
Esta disposición fue incorporada cuando aún no existían instituciones que hoy forman parte del Poder Judicial, como el Organismo de Investigación Judicial, el Ministerio Público y la Defensa Pública, cuyos servicios actualmente se financian con el presupuesto judicial.
Dentro de ese presupuesto, la función jurisdiccional —es decir, los juzgados y tribunales encargados de resolver los casos— recibe actualmente el equivalente al 3,61% de los ingresos ordinarios del Estado, por debajo del 6% establecido constitucionalmente.





Dejar una contestacion