Disposiciones legales para el disfrute de los feriados de Semana Santa y el Día de Juan Santamaría
Nacional. Las empresas deberán garantizar el correcto disfrute y pago de los feriados correspondientes a abril, mes que contará con tres días de descanso obligatorio: el 2 y 3 de abril, por Jueves Santo y Viernes Santo, así como el 11 de abril, en conmemoración del Día de Juan Santamaría.